INDUCCIÓN / REINDUCCIÓN AL SIG

Dando cumplimiento al Decreto 1072/2015 Artículos: 2.2.4.6.8. numeral 8, 2.2.4.6.11. parágrafo 2, 2.2.4.6.12. numeral 6, 2.2.4.6.13. numeral 4, 2.2.4.6.28. numeral 4. 2.2.4.2.4.2. Resolución 2400/1979 Artículo 2°. literal g). "Todos los trabajadores, independientemente de su forma de vinculación y/o contratación y de manera previa al inicio de sus labores, reciben capacitación, inducción y reinducción en aspectos generales y específicos de las actividades por realizar que incluya entre otros, la identificación de peligros y control de los riesgos en su trabajo, y la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades laborales. "

Estimado trabajador por favor visualice el video y realice la evaluación que encontrara en la parte inferior.

NOTA: La  Inducción / Reinducción se aprueba con un puntaje superior a 12 puntos. Si realiza menos, debe repetirla.

Inducción y Reinducción SIG.mp4